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Subvención al 80% para ecommerce, web y aplicaciones informáticas

Las empresas del sector del comercio de Baleares tienen a su disposición una subvención para su modernización en la que destacan las inversiones para la mejora tecnológica y digital encaminada a potenciar el comercio electrónico en establecimientos de venta presencial. Se incluyen las aplicaciones informáticas y la creación o mejora de página web y/o comercio electrónico. Puedes consultar la publicación del Boib aquí.

El plazo de presentación finaliza el 1 de abril

La cuantía de la subvención es del 80% del coste del proyecto hasta un máximo de 9.000€. La actuación presentada debe tener un coste elegible mínimo de 2.000 euros (IVA excluido).

¿Quién puede solicitarla? Los beneficiarios de esta línea de ayudas son titulares del comercio minorista, con establecimiento físico en territorio de las Islas Baleares ya existente, con sede social en las Illes Baleares pertenecientes a los siguientes grupos de epígrafes:

641,642, 643, 644, 645, 647 (todos los epígrafes, excepto el 647.5), 651, 652 (todos los epígrafes, excepto el 652.1) 653, 654.2 y 654.6, 656, 657, 659, 662.

También pueden solicitarla el sector servicios con establecimiento físico en territorio de las Illes Balears ya existente, con sede social en las Islas Baleares pertenecientes a los grupos de epígrafes: 971, 972, 973.1 975, 981.1 y 981.2

Ecommerce, web y aplicaciones informáticas: Inversiones para la mejora tecnológica y digital.

Documentación a presentar:  

  1. Modelo normalizado de solicitud y declaración responsable firmado, anexo 2
  2. Memoria explicativa de la actuación firmada con facturas y justificante de pago. Si está pendiente de llevarse a cabo memoria explicativa con la valoración económica de los gastos correspondientes, mediante la aportación de los presupuestos o las facturas proforma.
  3. En el caso de empresas, deberá presentarse también: Fotocopia de la escritura de constitución. Fotocopia del documento fehaciente que acredite la representación, por cualquier forma válida en derecho, de la persona que actúa en nombre de la organización solicitante

En el caso de proyectos que obtengan la misma puntuación, se debe tener en cuenta la fecha de presentación de las solicitudes completas y
se tiene que dar preferencia a las más antiguas.

En caso de presentar un presupuesto, las facturas y sus pagos, deberán estar incluidos dentro del periodo de elegibilidad comprendido entre el 16 de septiembre de 2021 y el 15 de septiembre de 2022.

Como sabes en AKAMMEDIA realizamos páginas web y comercios electrónicos diseñados para que se conviertan en uno de los principales espacios de captación de clientes, también disponemos de soluciones para la mejora de las gestión empresarial, la comercialización etc. que a priori parecen englobarse en lo que denominan “aplicaciones informáticas”

Esta subvención es una gran oportunidad para que las empresas pertenecientes a los epígrafes referidos, puedan disponer una web o ecommerce empresarial: especializadas en generar clientes,  y que por fin de respuesta a las necesidades de sus negocios.

Si necesitas más información puedes contactarnos por email  por teléfono o directamente concertar una reunión

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